Mi primera factura VERI*FACTU con Holded
Hoy por fin he podido crear mi primera factura bajo la Ley Antifraude y con la opción de Veri*factu activada, es decir, con envío automático a la Agencia Tributaria
La experiencia ha sido un poco a trompicones. Generar facturas en Holded es muy sencillo, si bien al optar por Verifactu tienes que rellenar algunos campos extra. Concretamente estos de aquí:
Holded ha implementado un sistema de facturas en borrador, de tal manera, que mientras que la vas confeccionando puedes ir haciendo todos los cambios que quieras, incluso generar un PDF que le puedes hacer llegar al cliente para que te confirme que la factura en borrador está bien antes de emitir la versión final. Ese sistema está muy bien y es muy intuitivo.
Luego pasas a Aprobar la factura y a partir de ese momento hay campos que ya no te va a dejar editar, salvo generando una factura rectificativa:
El caso es que aun rellenando todo lo mejor que he sabido el primer intento me ha dado error de envío por la siguiente razón:
Lo cual no entiendo muy bien porque como se puede ver en el formulario de más arriba, no aparece ningún campo con ese enunciado. El caso es que he cambiado Tipo de ID a NIF / IVA en lugar de “NIF Español” y he señalado que la factura no tenía Inversión de Sujeto Pasivo por algún lado y la he vuelto a Aprobar… y esta vez se la ha tragado:
El QR aparece correctamente en la factura: centrado y en la parte superior, tal y como ya explicamos. Algo que por cierto Odoo ha ignorado completamente, y lo coloca en la parte inferior de la factura por “razones técnicas”.
También he comprobado que el QR enlaza con la página correcta de la AEAT donde se puede consultar el NIF emisor de la factura, el número de factura, la fecha y el importe total (base + IVA).
En definitiva que funciona, y el sistema es todo lo sencillo que permite la normativa a la que Holded ha tenido que ceñirse.
Tengo que decir que ningún cliente mío ha mostrado ningún interés en optar por el sistema VERI*FACTU que ya sabéis que es opcional, pero aun así lo recordamos: usar un SIF (Sistema Informático de Facturación) homologado es obligatorio, pero lo de enviarle las facturas en línea a la Agencia Tributaria es opcional.
A este paso sólo nos apuntaremos los “early adopters”, aunque sólo sea para poder contarle a mis clientes (y lectores) cómo es la experiencia.